Ayudas a proyectos de I+D empresarial en cooperación desarrollados en, al menos, dos de las siguientes Comunidades o Ciudades Autónomas: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Melilla y la Región de Murcia.
- Beneficiarios
- Presupuesto financiable
- Tipo y cuantía de las ayudas
- Conceptos subvencionables
- Garantías
- Plazo de presentación
- Ventajas adicionales
- Más información
Agrupaciones de empresas constituidas por un mínimo de dos y un máximo de seis empresas, siendo al menos dos de ellas autónomas entre sí y debiendo participar en el consorcio al menos una pyme.
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1 M€ y un presupuesto elegible máximo de 4 M€. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 €.
Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 70% del presupuesto elegible del proyecto.
Subvenciones de entre el 40% y el 80% del presupuesto del proyecto, dependiendo del peso de las actividades de investigación y desarrollo y del tamaño de empresa.
Se consideran subvencionables los gastos siguientes:
- Gastos de personal.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto, incluyendo amortizaciones en su caso.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes adquiridas u obtenidas por licencias, así como costes de consultoría y servicios equivalentes. Los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo, exigiéndose que al menos el 10% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares.
- Gasto de auditoría, validación DNSH y viajes, así como gastos de consultoría para la coordinación del proyecto (esta última únicamente en el caso del representante de la agrupación).
No requeridas.
Hasta el 19/05/2025, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
La aprobación del proyecto conlleva la emisión gratuita por parte del CDTI de un informe motivado vinculante en el que se certifica el contenido «ex-ante» en I+D, de cara a la aplicación de desgravaciones fiscales por actividades de I+D.
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