Ayudas a proyectos de I+D+i en Industria Conectada 4.0

Organismo: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Ayudas a empresas industriales manufactureras para la ejecución de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, de acuerdo a las prioridades temáticas siguientes:

a) Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa

b) Soluciones para el tratamiento avanzado de datos

c) Soluciones de inteligencia artificial

d) Proyectos de simulación industrial

e) Diseño y fabricación aditiva

f) Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial

g) Robótica colaborativa y cognitiva

h) Sensórica

Sociedades que no formen parte del sector público que desarrollen una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 o 38.3x de la CNAE 2009, actividades complementarias a la producción industrial o actividades de servicios a la industria y que hayan desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años.

El presupuesto financiable mínimo de conceptos financiables será de 100.000 € para la línea Activa – Grandes Implementaciones.

Para la línea Activa – Pymes el presupuesto financiable máximo será de 400.000 € para microempresas y pequeñas empresas y de 1.000.000 € para medianas empresas.

Las ayudas podrán tener la forma de préstamo reembolsable o ser una combinación de préstamos y subvenciones, por un máximo del 80% del presupuesto financiable del proyecto.

El importe máximo de ayuda en forma de subvención será, como máximo:

a) 50% del presupuesto financiable en caso de pequeñas empresas;

b) 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas;

c) 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas.

El plazo de presentación comenzará el 29 de mayo de 2023 y finalizará el 27 de junio de 2023.

Se exigirá antes de la resolución definitiva de concesión del préstamo, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos en cualquiera de las modalidades aceptadas según su normativa, por importe mínimo del 10% del préstamo propuesto y del 80% de la subvención propuesta.

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